Novedades tributarias en Andalucía para 2026

novedades tributarias o impuestos

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Guía práctica para autónomos, pymes y particulares
Información verificada con fuentes oficiales como la Agencia Tributaria y normativa autonómica vigente.

En este post te explicamos de forma clara, profesional y cercana las principales novedades tributarias que afectan a personas físicas, autónomos, pymes y familias en 2026. 

Esta guía te ayudará a entender los cambios tributarios más relevantes y cómo pueden afectar a tus impuestos.

Contenido de este post

Novedades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Andalucía

De cara a 2026, la normativa autonómica introduce una simplificación relevante en los requisitos formales para aplicar la bonificación del 99 % en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en la modalidad de donaciones.

Esta medida afecta a las donaciones entre familiares directos, incluidos en los Grupos I y II (descendientes, ascendientes, cónyuges y adoptados), y tiene como objetivo reducir cargas administrativas y costes innecesarios.

Documento público: cuándo es obligatorio

 

Hasta ahora, para aplicar la bonificación del 99 %, era obligatorio formalizar la donación mediante escritura pública, independientemente de su importe.

A partir de 2026, este requisito se flexibiliza:

> Solo será obligatorio otorgar escritura pública cuando la base imponible de la donación supere los 5.000 euros.

> En donaciones con una base imponible igual o inferior a 5.000 euros, no será necesario documento público.

> En todos los casos, sigue siendo obligatoria la presentación de la autoliquidación del ISD dentro del plazo legal.

Además, se aclara expresamente que la bonificación del 99 % también se aplica cuando la autoliquidación se presenta de forma voluntaria, sin necesidad de requerimiento previo por parte de la Administración tributaria.

Donaciones en metálico con pagos aplazados

 

La normativa también introduce una aclaración importante para las donaciones de dinero que se realizan en varias entregas a lo largo del tiempo.

Para que se considere cumplido el requisito de formalización en documento público:

> En la escritura deberá indicarse la totalidad de las entregas previstas.

> La primera entrega del dinero debe realizarse en el momento de la firma de la escritura.

> Si la primera entrega se realiza antes de otorgar la escritura, esta deberá formalizarse en un plazo máximo de un mes desde dicha entrega inicial.

Esta aclaración aporta mayor seguridad jurídica y evita la pérdida de la bonificación por defectos formales.

Esta novedad supone una mejora significativa para los contribuyentes en Andalucía, ya que:

Declaración de la renta para personas que cobran el paro en 2026

A partir de 2026, las personas que cobren prestaciones por desempleo estarán obligadas a presentar la declaración de la renta, independientemente del importe de sus ingresos. Esta obligación se aplicará en la campaña de Renta que se presenta en 2027, correspondiente a los ingresos obtenidos durante 2026.

Hasta ahora, la obligación de declarar el IRPF dependía de determinados límites de ingresos. Sin embargo, con el cambio normativo, estos límites dejan de aplicarse a quienes perciben prestaciones por desempleo, por lo que deberán presentar la declaración cada año mientras cobren el paro, aunque sus ingresos sean bajos.

Este cambio afecta especialmente a personas que hasta ahora no estaban obligadas a declarar por no superar los umbrales establecidos y que, a partir de 2026, sí tendrán que hacerlo si reciben prestaciones por desempleo.

> Contar con una gestoría que presente tu declaración de la renta te ayudará a cumplir correctamente con Hacienda y a evitar errores o posibles sanciones.

El objetivo de esta medida es mejorar el control fiscal y la transparencia de las prestaciones, garantizando la correcta regularización anual de las rentas percibidas a través del IRPF.

Cambios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (TPO) para inmobiliarias

Andalucía mantiene el tipo reducido del 2 % para profesionales inmobiliarios que adquieren viviendas para su reventa, pero con nuevos límites desde 2026:

> Solo podrán aplicar este tipo reducido cuando el valor conjunto de la vivienda y sus anejos (como plazas de garaje adquiridas junto con la vivienda) no supere los 500.000 €.

> El plazo para transmitir la vivienda y mantener el beneficio se reduce de 5 años a 2 años desde la adquisición.

Operaciones anteriores a 2026

 

La norma no establece un régimen transitorio. Por tanto:

> Las adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2025 mantienen la normativa anterior.

> Solo las compras efectuadas desde el 1 de enero de 2026 estarán sujetas a los nuevos límites de valor y plazo.

Esta modificación busca hacer más eficiente y transparente el incentivo fiscal en operaciones inmobiliarias.

Novedades tributarias para autónomos en 2026

4.1. Prórroga del régimen de módulos (IRPF e IVA)

Para el año 2026 se mantienen los límites cuantitativos de acceso al método de estimación objetiva (módulos) en el IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, lo que favorece a muchos autónomos tradicionales

4.2. Reducción del 5 % del rendimiento neto

También se mantiene una reducción del 5 % sobre el rendimiento neto calculado por módulos, tanto para IRPF como para el cálculo de pagos fraccionados.

4.3. Mayor control de cobros electrónicos

Desde enero de 2026, las entidades bancarias informarán a Hacienda todos los cobros electrónicos (Bizum profesional y otros medios) sin límite mínimo, lo que implica un mayor control fiscal sobre ingresos de los autónomos.

4.4. Refuerzo del control tributario

La Agencia Tributaria intensificará las inspecciones de facturación, coherencia entre ingresos declarados y movimientos bancarios, y el uso de sistemas de facturación, con especial interés en reducir la economía sumergida.

4.5. VeriFactu sigue sin obligación en 2026

Aunque la Ley Antifraude sigue vigente, la obligación de utilizar el sistema de facturación electrónica VeriFactu no será obligatoria en 2026, ofreciendo un periodo de preparación para su implementación en 2027.

Novedades tributarias para pymes y sociedades

5.1. Impuesto sobre Sociedades

En 2026 se espera una bajada progresiva del tipo impositivo, con microempresas tributan al 19 % sobre los primeros 50.000 € y aproximadamente 23 % para pymes en general, lo que influye en el cálculo de pagos fraccionados.

5.2. Incentivos para inversiones verdes

Se mantienen incentivos fiscales para inversiones en vehículos eléctricos, infraestructura de recarga y proyectos sostenibles, favoreciendo la planificación de inversiones eficientes.

5.3. Control sobre gastos deducibles

La AEAT reforzará la revisión de gastos financieros, gastos de socios-administradores y operaciones vinculadas, aumentando la necesidad de documentación precisa para evitar ajustes en inspecciones.

5.4. Digitalización fiscal progresiva

Aunque VeriFactu se retrasa, las pymes deben asegurar trazabilidad, integridad y conservación de registros fiscales en formato digital para estar preparadas ante futuros requisitos.

5.5. Cruce de datos entre impuestos y bancos

Se consolida el uso de cruces automáticos de datos entre IVA, Impuesto de Sociedades y movimientos bancarios, lo que subraya la importancia de un cierre fiscal mensual riguroso para evitar discrepancias.

En resumen el año 2026 no trae grandes subidas de impuestos, pero sí un refuerzo del control fiscal, más obligaciones formales y mayor trazabilidad digital tanto para autónomos como para pymes y particulares. Conocer estas novedades permite planificar mejor la actividad económica y cumplir con Hacienda de manera eficaz.

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